FACULTADES, FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LA UNIDAD O DEPENDENCIA La Dirección de Desarrollo Comunitario tiene por objetivo asesorar al Alcalde y también al Concejo Municipal en la promoción del desarrollo comunitario y social. Tendrá como funciones generales: a) Prestar asesoría técnica a las organizaciones comunitarias, fomentar su desarrollo y legalización y promover su efectiva participación en el municipio b) Proponer y ejecutar dentro de su ámbito y cuando corresponda, medidas tendientes a materializar acciones relacionadas con cultura, capacitación laboral, deporte y recreación, promoción del empleo, fomento productivo local y turismo, difundir y orientar a los procesos de postulación de subsidios habitaciones y asesorar a los comités de vivienda. c) Proponer y ejecutar acciones relacionadas con la prestación de auxilio en situaciones de emergencias o catástrofes. d) Proponer y ejecutar acciones para la promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. e) Participar en la aplicación de planes, programas y proyectos sobre la materia que deban desarrollar otras entidades públicas y privadas de la comuna. f) Administrar y ejecutar los programas sociales básicos y los proyectos derivados de éstos, la asistencia social y la capacitación social. g) Detectar y evaluar las aspiraciones y necesidades de la comunidad y encauzar su satisfacción y solución a través de la formulación de políticas sociales. h) Mantener información actualizada de las organizaciones comunitarias territoriales y funcionales. i) Proponer planes de capacitación para dirigentes comunitarios y funcionarios municipales respecto de materias que digan relación con los planes sociales del gobierno y del municipio. j) Otras funciones que la ley señale o el Alcalde(sa) le asigne de conformidad a la legislación vigente. k) Dirigir y controlar el personal a su cargo. l) Dirigir y controlar la gestión de la dirección. m) Ejercer las funciones delegadas a su cargo n) Elaborar el Presupuesto de la dirección o) Supervisar el funcionamiento de área de personal de la dirección p) Evaluar el desempeño de las unidades a su cargo. q) Realizar toda otra función que la ley establezca y no haya sido considerada. r) Cumplir con las demás funciones que la ley o el Alcalde señale.
|